El Ministerio de Economía dio hoy un nuevo paso para evitar que el ajuste en el gasto nacional sea compensado por intendentes con más aumentos en las tasas que se le cobra al sector privado. Y para peor, que esto redunde en una mayor carga impositiva a las empresas y un aumento del nivel de los precios.
En ese sentido, el Ministerio de Economía envió hoy una nota a las 23 provincias en la que se les solicitó que “implementen medidas para que sus municipios se adecuen a la legislación y promuevan la derogación de las tasas municipales, de aquellas que su valor no guarde proporcionalidad con el costo de la prestación del servicio”.
A estas últimas, las definió como “ilegales y arbitrarias” al “incumplir” la ley de coparticipación federal. Luego reclamó intimar a los municipios y que, a quienes no cumplan, se los suspenda en su participación de la masa coparticipable.
“En el escrito se solicitó que se eliminen estas tasas municipales que tienen una coincidencia substancial, total o parcial, de hechos imponibles o bases con los impuestos nacionales coparticipables; que no resultan razonables con el costo del servicio efectivamente prestado; y no respetan la jurisprudencia de la Corte Suprema de Justicia de la Nación”, explicó un comunicado enviado por la cartera que dirige Luis Caputo.
“Además, se pidió intimar a los municipios para que, en el caso de que no cumplan con lo señalado, se los suspenda en su participación de la masa coparticipable”, se reclamó desde el Palacio de Hacienda.
El Ministerio de Economía destacó que el ejercicio ilegal y arbitrario de la potestad tributaria aplicada por municipios, “perjudica a los esfuerzos del Gobierno Nacional para evitar incrementos en la presión tributaria”.
“A su vez, estos afectan los costos de los bienes y servicios, e impiden una mayor reducción de la tasa de inflación nacional, perjudicando al ciudadano y a las diferentes jurisdicciones”, se insistió desde el Palacio de Hacienda.
“La nota enviada también hace hincapié en que Ley de Coparticipación, a la cual adhirieron todas las provincias, obliga a estos distritos y sus municipios a no gravar por vía de impuestos, tasas, contribuciones u otros tributos, cualquiera fuere su característica o denominación, las materias imponibles sujetas a los impuestos nacionales distribuidos”, se señaló.
“Esos tributos municipales son deducibles en la liquidación del Impuesto a las Ganancias y que, por este motivo, se disminuye la masa coparticipable, lo que genera un claro perjuicio al Estado Nacional y a las diferentes jurisdicciones provinciales en sus recursos coparticipables, sin que exista justificación alguna”, se indicó en la nota, según Economía.
El 11 de octubre pasado, comenzó a regir además la resolución 267/24 de la Secretaría de Industria y Comercio, por las que las facturas no podrán incluir cargos ajenos a los bienes y servicios contratados, es decir, que no se podrán incluir otros cargos como tasas e impuestos. La medida fue llevada a la Justicia -con varios amparos logrados- por varios intendentes. La norma abarca a las empresas de servicios públicos y a quienes comercializan bienes. Solo podrán incluir en sus facturas única y exclusivamente la descripción y el precio correspondiente al servicio. En caso de incumplimiento, se informó oficialmente, los consumidores podrán denunciar las irregularidades. La resolución, publicada el 10 de septiembre del año pasado, otorgaba a las empresas un plazo de 30 días para que adecuen el modelo de facturación.