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EXTRAOFICIAL: LAS ELECCIONES EN SANTIAGO DEL ESTERO SERÍA EL 26 DE OCTUBRE CONCURRENTE CON LA NACIONAL

La provincia recibirá dictamen favorable de la Cámara Nacional Electoral. Santiago del Estero asumirá los costos totales de la provincial .Habrá mas escuelas habilitadas una con el BUP y la otra con sistema tradicional con 180 votantes por mesa.

EXTRAOFICIAL: LAS ELECCIONES EN SANTIAGO DEL ESTERO SERÍA EL 26 DE OCTUBRE CONCURRENTE CON LA NACIONAL

La provincia recibirá dictamen favorable de la Cámara Nacional Electoral. Santiago del Estero asumirá los costos totales de la provincial .Habrá mas escuelas habilitadas una con el BUP y la otra con sistema tradicional con 180 votantes por mesa.

EXTRAOFICIAL: LAS ELECCIONES EN SANTIAGO DEL ESTERO SERIÁ EL 26 DE OCTUBRE Y CONCURRENTES .

CON ELLO LOS SANTIAGUEÑOS , DEBERÁN VOTAR EN LA MISMA FECHA PARA ELEGIR UN NUEVO GOBERNADOR, VICEGOBERNADOR, DIPUTADOS PROVINCIALES Y PARA CARGOS NACIONALES EN LA CATEGORÍA SENADOR NACIONAL Y DIPUTADOS NACIONALES

La provincia recibirá dictamen favorable de la Cámara Nacional Electoral

Mediante la Acordada Extraordinaria N°26, la Cámara Nacional Electoral estableció el cronograma de las próximas elecciones del 26 de octubre en las que los argentinos elegiremos 127 diputados nacionales en todo el país y 24 senadores nacionales en 8 distritos.

De acuerdo al documento aprobado, el 19 de abril cerrará el padrón provisorio, y con él, el límite para la inclusión de novedades como cambios de domicilio o actualizaciones de DNI para jóvenes electores. El registro de alianzas y confederaciones finalizará el 07 de agosto, mientras que el correspondiente a los candidatos lo hará el 17 del mismo mes.

En los próximos comicios se utilizará por primera vez en todo el país la Boleta Única de Papel, cuyos espacios, franjas y columnas que ocuparán cada una de las agrupaciones políticas serán sorteadas el 24 de agosto y la exhibición de su diseño será el 1 de septiembre.

Las agrupaciones políticas y sus candidatos iniciarán la campaña electoral el 27 de agosto. En tanto, el 16 de septiembre, se dará a conocer el padrón definitivo.

 

QUE DICE LA PRESENTACIÓN EFECTUADA POR EL SECRETARIO LEGAL Y TÉCNICO DE LA PROVINCIA 

 

 

Santiago del Estero, 3de abril del Año 2025 

 

SECRETARIA ELECTORAL PRESENTE REFERENCIA:

 

Solicitud apertura de expediente-eleva nota del Gobernador de la Provincia de Santiago del Estero-. 

 

 

De mi mayor consideración: En mi carácter de Secretario Legal y Técnico del Gobierno de la Provincia,me dirijo a usted con el propósito de solicitar formalmente la apertura del expediente digital destinado a canalizar las actuaciones vinculadas al proceso electoral Nacional y de autoridades provinciales previsto para el día 26 de octubre de 2025 de manera concurrente,a tenor de lo establecido por la Ley N.° 27.781 en su artículo 38 que modifica del artículo 4de la Ley N.° 15.262. A los fines requeridos, adjunto la nota firmada por el señor Gobernador, mediante la cual dispone expresamente la formalización del trámite correspondiente su debida prosecución conforme a la normativa vigente. Asimismo, a los fines administrativos y de comunicación procesal,constituyo ante esa Secretaría el domicilio electrónico que será utilizado para la tramitación de las actuaciones:20-23041181-7. Sin otro particular, y quedando a disposición para cualquier requerimiento, hago propicia la ocasión para saludarlo con la más distinguida consideración. 

 

Dr. JOAQUIN de ARZUAGA

 SECRETARIO LEGAL Y TECNICO PROVINCIA  DE SGO. DEL ESTERO

 

 

Santiago del Estero, 1 de abril del Año 2025

 

 

 De mi mayor Consideración:

 

 Me dirijo a V.S. a fin de comunicar al Juzgado Federal con competencia electoral y, por su intermedio, a la Honorable Cámara Nacional Electoral, la decisión de llevar adelante el día 26 de octubre de 2025 la elección de autoridades provinciales correspondientes al presente año.

 Dicho proceso electoral comprenderá la elección de Gobernador/a y Vicegobernador/a, Legisladores provinciales, 136 Comisionados/as Municipales, así como Intendentes y Concejales de las Ciudades de Clodomira y Villa Atamisqui. 

 

En consecuencia, la jornada electoral se desarrollará, coincidiendo con la elección de autoridades nacionales conforme al cronograma vigente, donde además se elegirán por el distrito de Santiago del Estero, Diputados y Senadores Nacionales.

 En este contexto de elecciones nacionales y provinciales a desarrollarse el mismo día, bajo diferentes sistemas de votación, configura un escenario de elecciones concurrentes, mismo día y mismo lugar, en los términos del artículo 38 de la Ley N.º 27.781, modificatorio del artículo 4 de la Ley N.º 15.262, lo que implica significativos desafíos prácticos para su implementación. 

 

Tales desafíos se encuentran intrínsecamente vinculados a la garantía del derecho de participación electoral, dado que la aplicación del nuevo sistema de votación establecido por la Ley N.º 27.781, que introduce la Boleta Única de Papel (BUP) para la elección de autoridades nacionales, aparejará demoras propias del desconocimiento del sistema y la duplicidad de actos para emitir el voto nacional y provincial, bajo el sistema de boletas de papel partidarias, en mesas de votación de hasta 350 electores ( artículo 41 Ley 26774). Por ello entendemos, que resulta esencial para el cumplimiento de las condiciones que garanticen el desarrollo de un acto electoral ordenado y transparente, la reducción del número de votantes por mesa a la mitad del número habitual, es decir, hasta 180 votantes por mesa. 

 

Esta medida contempla, no solo la necesidad de optimizar  los tiempos de emisión del sufragio bajo ambos sistemas de votación, sino también, asegurar el adecuado desempeño de cada mesa de escrutinio, así como la transparencia y accesibilidad del proceso electoral durante toda la jornada. 

 

A fin de viabilizar la implementación de dicha medida operativa, el Gobierno de la Provincia asume el compromiso de garantizar la disponibilidad de los establecimientos necesarios para la habilitación de lugares de votación y evaluadas que fueran las necesidades logísticas, asumir los costos para asegurar un proceso electoral concurrente ágil, transparente y ordenado. 

 

 

En tal sentido, el artículo 38 de la Ley N.º 27.781 prevé la necesidad de suscripción de convenios para la realización de elecciones concurrentes, estableciendo que: "... A tal fin, las juntas electorales provinciales suscribirán un acuerdo con el juez federal con competencia electoral o, en su caso, con la Junta Electoral Nacional, sobre todo lo concerniente al desarrollo del proceso electoral, de modo tal de compatibilizar las atribuciones de ambas jurisdicciones. 

 

Finalmente, se deja expresa constancia de la plena disposición de los organismos competentes de la Provincia para coordinar, mediante la suscripción de los acuerdos específicos que resulten pertinentes, todos los aspectos logísticos y operativos que la Honorable Cámara Nacional Electoral estime necesarios para la correcta organización del proceso electoral. Sin otro particular, quedamos a disposición para las acciones que correspondan, lo saludo a VS muy atentamente.

 

 Sr Juez Federal con competencia Electoral Dr. Guillermo Molinari

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